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Actualizado el Sábado, 7 Abril, 2012

Gremiales

 

Dictamen sobre “Zona de Conflicto”

Declarar el cargo en conflicto o la zona en conflicto significa que es éticamente incorrecto asumir el cargo o la función de un colega que haya sido despedido por haber defendido derechos profesionales legítimos, reconocidos por la ley o el equipo de salud (art. 194 del Código de Ética de la AMA).

A su vez, la defensa del honorario profesional constituye el ejercicio de un legítimo derecho del médico. Así lo expresa el art. 213 del Código antes citado: Los miembros del Equipo de Salud tienen derecho a una retribución digna. Sus sueldos u honorarios deben ser abonados en las fechas pactadas oportunamente. No constituye falta ética el reclamo de los mismos por parte del profesional ante la justicia si fuera necesario".

En cuanto a las facultades del Consejo para intervenir en estas situaciones de conflicto, justamente éste cuenta entre sus finalidades la de entender en los problemas que puedan plantearse en el ejercicio de la Oftalmología, bregando por el respeto de los derechos de los profesionales, exigiendo el adecuado cumplimiento de sus obligaciones (art. 1º, inc. c) y e) del Estatuto Constitutivo) y velando por la salud de la población.

Al mismo tiempo, el art. 281 del Código de Ética fija que es objetivo prioritario de las Organizaciones Profesionales Colegiadas o gremiales defender las condiciones laborales que influyen en la estabilidad del trabajo de los miembros del equipo de salud...".

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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